MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL ANTES DE SU EJECUCIÓN DEL PROYECTO APROBADO DE HABILITACIÓN URBANA MODALIDADES B, C Y D CON EVALUACIÓN PREVIA POR REVISORES URBANOS
Descripción
Si eres persona natural o jurídica, la Municipalidad Distrital de Laredo, brinda este procedimiento, para terrenos ubicados en el Distrito de Laredo, en
caso requieras realizar modificaciones no sustanciales al proyecto aprobado de habilitación urbana. Se considera modificación no sustancial las
habilitaciones urbanas que, en su ejecución, han requerido el replanteo de lotes, sea en dimensionamiento, superficie o número, pero que mantienen
el esquema aprobado en la licencia de habilitación urbana; estas pueden ser sometidas a evaluación previamente a su ejecución o concluir
normalmente su trámite de Recepción de Obras, respetando las áreas del cuadro de aporte.
Requisitos
FUHU - Recepción de Obras, en tres (03) juegos originales, debidamente suscrito por el administrado y, en la sección que corresponda, por el profesional responsables, en el que se debe consignar la información necesaria al procedimiento que se requiere iniciar.
En caso que el titular del derecho a habilitar sea una distinta a la que inició el procedimiento administrativo de habilitación urbana, la documentación que acredita que cuenta con derecho a habilitar y, de ser el caso a edificar.
Documentos emitidas por las entidades prestadores de los servicio públicos otorgando conformidad a las obras de su competencia.
Copia de las minutas firmados por el administrado, acreditando fecha cierta, mediante las cuales se confirme la transferencias de las áreas de aportes reglamentarias a las entidades receptoras de los mismos; o, de ser caso, comprobantes de pago de la redención de los mismos; o, el cargo de presentación de la copia de la licencia de habilitación urbana y del plano de trazado y lotización aprobado, al que se refiere el numeral 16.12 del artículo 16 del Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación
En caso de modificaciones no sustanciales al proyecto de habilitación urbana, de acuerdo a la definición contemplada en el artículo 22 de la Ley, se presentan debidamente suscritos por el profesional responsable de la obra y el administrado los siguientes documentos: * Plano de replanteo de trazado y lotización. * Plano de ornamentación de parques, cuando se requiera. * Memoria descriptiva correspondiente. Los planos y memoria descriptiva se presentan en tres (03) juegos originales, pudiendo el administrado para las modalidades ""B"", ""C"", y ""D"", adjuntar un juego original al inicio del procedimiento administrativo y los otros dos (02) juegos originales, son presentados dentro de un plazo de tres (03) dias, contado desde la aprobación del proyecto.